Instituciones Publicas No Podrán Callar
La Corte Constitucional del Ecuador emitió una sentencia que refuerza la libertad de expresión y prohíbe a la instituciones publicas bloquear a ciudadanos en sus redes sociales oficiales. el fallo se basa en un caso ocurrido el 2020, cuando un usuario fue bloqueado de la cuenta de Facebook de la alcaldía de Lago Agrio.

El alto tribunal determino que las cuentas institucionales son de espacio de interés publico y que bloquear usuarios vulnera derechos constitucionales como la libertad de expresión, el acceso ala información y la participación ciudadana, salvo en casos excepcionales debidamente justificados.
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